Las principales tareas del examinador DELE consisten en la administración de las pruebas escritas y en la calificación de la prueba oral de los exámenes DELE.
El Instituto Cervantes, en su calidad de miembro de ALTE y de SICELE, suscribe el código deontológico y los principios de buena práctica de estas asociaciones, que hace extensivos a los examinadores DELE. Estos principios de buena práctica tienen las implicaciones siguientes para los examinadores:
- Compromiso de proporcionar la información que necesitan los usuarios para seleccionar exámenes adecuados a sus necesidades.
- Compromiso de facilitar a los usuarios de exámenes información para la interpretación correcta de los resultados.
- Compromiso de advertir a los usuarios para que eviten los previsibles usos incorrectos de los resultados de los exámenes.
- Compromiso de formación y familiarización anual sobre los procedimientos de administración, los materiales, escalas y criterios de calificación de la prueba oral.
- Compromiso de equidad, por el que los exámenes y los procesos relacionados con su administración sean justos para todo tipo de candidatos, independientemente de su índole o condición (p.ej. raza, género, origen étnico, condiciones de capacidad, etc.).
- En los casos en que sea factible, existe también el compromiso de adaptar formatos de examen o de emplear procedimientos de administración modificados para aquellos candidatos con capacidades distintas.
- Cuando participen en convocatorias de examen DELE en calidad de examinadores oficiales, tendrán en cuenta evitar posibles conflictos de interés que puedan darse con los examinandos. En los casos en que un examinador sea o haya sido profesor de cualquiera de los candidatos a las pruebas DELE, se desaconseja que desempeñe funciones de calificador durante el desarrollo del examen de expresión oral. Este mismo principio es aplicable en los casos de consanguinidad u otra afinidad derivada de la pertenencia a asociaciones, instituciones, empresas, partidos, sindicatos, hermandades, congregaciones, gremios o corporaciones. La recomendación de evitar en lo posible que ocurran este tipo de conflictos de interés se expresa también en la normativa aplicable a los centros de examen. Los examinadores tendrán la obligación de comunicar a los responsables que correspondan cualquier conflicto de interés que pueda darse. En cualquier caso, y especialmente cuando las circunstancias hagan difícil eludir los posibles conflictos de interés, los Responsables de los centros de examen y los examinadores deberán adherirse a los indicadores de buena práctica que se expresan más arriba, en especial el que hace referencia al principio de equidad.