Se prorroga el plazo de subsanación de solicitudes en los procesos de concesión de la nacionalidad española por origen sefardí

Solo para aquellos candidatos que hayan presentado su solicitud de nacionalidad antes del 1 de octubre de 2019

El Ministerio de Justicia, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, acuerda la prórroga del plazo de subsanación de las solicitudes de nacionalidad en virtud de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España hasta el 1 de septiembre de 2021.

Es decir, que todos los candidatos sefardíes que hayan presentado su solicitud de nacionalidad en plazo en la plataforma del Ministerio de Justicia antes del pasado 1 de octubre de 2019, dispondrán hasta el 1 de septiembre de 2021 para presentar sus certificados de CCSE y DELE.

Esta decisión se adopta ante la imposibilidad para los solicitantes de realizar el examen de CCSE y el DELE, al haberse cancelado algunas convocatorias por la declaración del estado de alarma para la contención del Covid-19, y ante las restricciones para viajar a España para comparecer ante notario.

Ya el pasado 9 de septiembre, esta Dirección General, dependiente del Ministerio de Justicia, estableció un plazo de subsanación de un año a contar desde la fecha de la solicitud, que en ningún caso podía presentarse pasado el 1 de octubre de 2019.

Ese plazo de subsanación estaba previsto que finalizara el 1 de septiembre de 2020 para los últimos expedientes presentados. Con esta nueva resolución, se amplía hasta el 1 de septiembre de 2021, con la previsión de que dicho término pueda revisarse posteriormente en función de la evolución de la pandemia del Covid-19 y su incidencia en la actividad administrativa.

El proceso para la solicitud de nacionalidad para los sefardíes, regulado en la Ley 12/2015, se cerró el pasado 1 de octubre de 2019. El Ministerio de Justicia se comprometió a su trámite, incluso si no se hubieran acompañado de los certificados que acreditaran la condición de sefardí del candidato o no se hubiera superado el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales, dando un plazo adicional de un año para realizar esos trámites, plazo que ahora se prorroga otro año más.

Esta ampliación del plazo va a suponer un importante alivio para todos los candidatos que tienen pendiente realizar sus exámenes, para incorporar sus certificados a su expediente de nacionalidad por origen sefardí.